Cuando se acercaba el final de un 2011 record para el sector automotor, con cifras de accidentalidad aun por encima de la "maldición de los 5000" (Cinco mil muertos al año desde hace mas de cinco años), el gobierno nacional emitió el decreto de Ley 1503, por medio de la cual se vuelven obligatorios los programas de Prevención vial en las flotas de vehículos, esta Ley de aplicarse de manera adecuada, aporta de manera significativa en el objetivo de reducir esa cifra de "5000" y pone a Colombia al nivel de paises de primer orden en materia de Prevención vial.
RSA Colombia cuenta con un programa de capacitación, el cual ofrece a sus flotas aseguradas y con el que durante el 2011 se capacitaron mas de 1500 conductores.
Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores, contribuirán al objeto de la presente ley.
Para tal efecto, deberá diseñar el Plan Estratégico de Seguridad Vial que será revisado cada dos (2) años para ser ajustado en lo que se requiera.
Este Plan contendrá, como mínimo, las siguientes acciones:
1.Jornadas de sensibilización del personal en materia de seguridad vial.
2.Compromiso del personal de cumplir fielmente todas las normas de tránsito.
3.Oferta permanente, por parte de la entidad, organización o empresa, de cursos de seguridad vial y perfeccionamiento de la conducción.
4.Apoyar la consecución de los objetivos del Estado en materia de seguridad vial.
5.Realizar el pago puntual de los montos producto de infracciones a las normas de tránsito.
6.Conocer y difundir las normas de seguridad vial.
18 de Enero, 2012
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